martes 24 de julio de 2007

Página oficial

La página oficial de la Asociación de Jóvenes Investigadores Filólogos de la UCM es la siguiente: www.ajif-ucm.com

miércoles 18 de abril de 2007

XI Lectura continuada de El Quijote

Un año más se celebra en el Círculo de Bellas Artes de Madrid la lectura de El Quijote de Miguel de Cervantes. Este año la Facultad de Filología estará presente más que nunca con la participación de la Asociación, con algunos de sus miembros, los días 22 y 23 de abril a partir de las 00:00 horas. Gracias a Cristina hemos conseguido colaborar y estar representados en los trípticos y la información del evento. Esperamos hacerlo lo mejor posible y que la asociación acuda en gran número.

Para más info, haz click aquí.


XI Lectura continuada del Quijote
23.04.07 > 25.04.07
18:00 h · Sala de Columnas


La tradicional Lectura Continuada del Quijote, celebra en 2007 su undécima edición. A lo largo de cuarenta y ocho horas se desarrollará esta lectura ininterrumpida, cuya naturaleza abierta proporciona a los ciudadanos un animado foro de participación y una ocasión de convertirse en auténticos protagonistas de la cultura. La inauguración del acto y la lectura de las primeras líneas de la gran obra cervantina correrá a cargo del último Premio Cervantes: el poeta Antonio Gamoneda.

Continuarán la lectura personalidades del mundo de la cultura, de la política y del espectáculo, que irán intercalando sus intervenciones con las de un enorme número de ciudadanos anónimos que se acercarán a leer a diferentes horas del día y de la noche. Unos y otros ofrecerán con su presencia testimonio de la gran trascendencia que ha alcanzado este evento cultural.

Igualmente, a la cadena de lectores irán sumándose muchos otros a través de videoconferencias y conexiones telefónicas, que permitirán establecer contacto con más de veinte localidades de distintos países de Europa, América y Asia.

Por último contaremos con la participación de Personas Libro (Proyecto Fahrenheit), así como actuaciones de la RESAD y del Grupo de Teatro del Centro Penitenciario de Aranjuez.

La lectura contará con traducción simultanea en lenguaje de signos.

Reserva de turno de lectura en el 915 233 743.

La organización de la XI Lectura Continuada de El Quijote ha sido posible gracias a la colaboración de Telemadrid, Instituto Cervantes, Radio Nacional de España, Agencia Española de Cooperación Internacional, CEDRO, Librería Antonio Machado, La Noche de los Libros/Comunidad de Madrid, Escuela de Lectura de Madrid, Asociación de Sordos de Madrid, Dirección General de Instituciones Penitenciarias, Dirección General de Promoción Educativa de la Comunidad de Madrid, El País Alfaguara, Gremio de Libreros de Madrid, Gremio de Floristas de Madrid, Cafés Illy, la Asociación de Jóvenes Investigadores Filólogos de la UCM, Servicios Integrales de Lengua de Signos S.L (SIL) y el Centro Checo de Madrid.

martes 27 de marzo de 2007

Bienvenidos a la Asociación de Jóvenes Investigadores Filólogos de la UCM (AJIF-UCM)

La AJIF-UCM, creada en el mes de marzo de 2007, es una Asociación en la que podrán participar todos aquellos estudiantes, alumnos y doctorandos que así lo deseen que no tengan en su posesión el título de Doctor universitario. Nace al amparo y con el apoyo de la Universidad Complutense de Madrid. Es la primera asociación que reúne todas las filologías, sus lenguas y literaturas, teniendo también cabida las que no alberga la Facultad. Para su constitución ya se han celebrado varias reuniones en las que se ha formado una Junta Directiva y los primeros socios.

Se pretende fomentar la investigación y la dedicación filológica desde los primeros cursos hasta la presentación y lectura de tesis, por lo que la Asociación es un apoyo institucional en el que poder dar los primeros pasos en la investigación. Se cuenta con el amparo y apoyo de los docentes y profesores, pilares de la enseñanza.

Los fines de la Asociación son, en esencia, dos: reunir a jóvenes investigadores vinculados a la Filología y sus estudios (en el sentido amplio del término) para permitirles un primer acercamiento al ámbito de la exploración intelectual y defender, promover y difundir la investigación interdisciplinar, fomentando la colaboración y la participación en proyectos, reuniones e intercambios con asociaciones filológicas o similares y organizando congresos, seminarios o reuniones científicas con la colaboración de instituciones públicas, privadas y entidades semejantes locales, regionales, nacionales y extranjeras, con el fin de promover la difusión y la publicación de los estudios filológicos y facilitar los contactos y la colaboración de nuestros investigadores con los investigadores de otros países en ámbitos concretos de estudio.

Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades: la celebración de congresos –preferiblemente, uno anual, habiendo sido fijado el primero para octubre de 2007-, jornadas, seminarios y reuniones científicas, y publicación de libros, revistas, folletos y otros materiales, en papel o formato electrónico, relacionados con los fines propios de la Asociación. Los artículos por escrito serán siempre presentados en español, mientras que la lengua de las ponencias en los congresos que se realicen dependerá del Comité Científico, que evaluará la pertinencia y adecuación de posibles conferencias en otros idiomas.

La AJIF-UCM tiene prevista la realización de reuniones periódicas y extraordinarias para valorar, discutir y aprobar las ideas, propuestas y decisiones que el desarrollo natural de la Asociación y las iniciativas particulares de los socios vayan surgiendo a lo largo del tiempo

En la Asociación tienen cabida tanto investigadores del ámbito filológico como de otras disciplinas afines (filósofos, historiadores, geógrafos, artistas, ilustradores, traductores, intérpretes, periodistas, biblioteconomistas, etc.), procedentes de cualquier cultura y nación, ya sea como estudiantes de una diplomatura o licenciatura, ya como miembros de estudios de Doctorado o Máster, todos ellos vinculados a alguna universidad pública o privada, en cualquiera de los ámbitos.

Dentro de la Asociación existen cuatro clases de socios: primero, los Socios Fundadores, que participaron en el acto de constitución de la Asociación; los Socios de Número, que ingresan después de la constitución de la Asociación; los Socios de Honor, que por prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se han hecho acreedores a tal distinción, y, por último, los Socios Adheridos.
Esperamos que el amor por las lenguas y sus literaturas, así como por las disciplinas afines y que en su conjunto conforman al hombre en toda su esencia, permitan que esta Asociación llegue a todos los objetivos que se ha propuesto, enriqueciendo por igual a los individuos en cuanto miembros investigadores como al conjunto global de la sociedad humana.

jueves 8 de marzo de 2007

Noticias

La próxima reunión de la AJIF-UCM será el próximo 21 de marzo de 2007 en la Sala de Juntas del edificio A de la Facultad de Filología de Universidad Complutense de Madrid.

Para cualquier pregunta o sugerencia, el correo de contaco es: ajif.ucm@gmail.com

Socios de Honor

Dr. D. Dámaso López García (Decano de la Facultad de Filología)
Dr. D. Eugenio María Bustos Gisbert (Vicedecano de Investigación)

Junta

Presidente
Fernando Mora Moreno (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: fer.filol@gmail.com

Vicepresidente
David Caro Bragado (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: davicarobragado@gmail.com

Secretarias
Luz Rello Sánchez (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: luzluzmasluz@yahoo.com

Cristina Estébanez (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: cristinaestebanez@gmail.com

Tesoreras
Sandra Camacho Cuenca (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: scrovegni@hotmail.com

Natalie Gómez Handford (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: nghandford@yahoo.es

Vocales
Adrián José Acosta Jiménez (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: ixthus012@hotmail.com

Mónica Martín Álvarez (Universidad Complutense de Madrid)
Correo electrónico: monipanadera@hotmail.com





Estatutos

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES FILÓLOGOS DE LA UCM

CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO.

Artículo 1.

Con la denominación ASOCIACIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES FILÓLOGOS DE LA UCM (AJIF-UCM) se constituye, en Madrid, a 21 de febrero de 2007, una asociación al amparo de lo previsto en el artículo 22 de la Constitución Española, de lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo de Asociaciones y del Real Decreto 304/1985 de 6 de febrero y de las disposiciones legales, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos.

Artículo 2.

La Asociación no tiene ánimo de lucro y sus fines son los siguientes:

a) Reunir a jóvenes investigadores vinculados a la Filología y sus estudios, en el sentido amplio del término, que residan en España o en el extranjero, y cuya investigación se realice tanto en cualquiera de los ámbitos.

b) Defender, promover y difundir la investigación interdisciplinar, de modo que en la Asociación tengan cabida tanto investigadores del ámbito filológico, así como de otras disciplinas afines (filósofos, historiadores, geógrafos, artistas, ilustradores, traductores, intérpretes, periodistas, biblioteconomistas, etc.), procedentes de cualquier cultura y nación, ya sea como estudiantes de una diplomatura o licenciatura, ya como miembros de estudios de Doctorado o Máster, todos ellos vinculados a alguna universidad pública o privada, en cualquiera de los ámbitos.

c) Defender, promover y difundir la investigación en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado español o en cualquier lengua oficial. La lengua de los artículos por escrito serán siempre en español. Para las ponencias en los congresos que se realicen dependerá del Comité Científico.

d) Fomentar la colaboración y la participación en proyectos, reuniones e intercambios con asociaciones filológicas o similares, de acuerdo con el principio de interdisciplinariedad, y organizar y coordinar congresos, seminarios o reuniones científicos con la colaboración de instituciones públicas, privadas y entidades similares locales, regionales, nacionales y extranjeras, y con el fin de promover la difusión de los estudios filológicos.

e) La cooperación internacional tiene como objetivo establecer acuerdos para el intercambio de información científica con otras instituciones e intercambiar la información sobre la situación de la investigación de AJIF-UCM y facilitar los contactos y la colaboración de nuestros investigadores con los investigadores de otros países en ámbitos concretos de investigación.

f) Fomentar publicaciones así como organizar y participar en conferencias, jornadas y congresos en el ámbito de la investigación de las lenguas y sus literaturas.

g) Prestar asesoramiento y cooperación a las entidades o personas, Administración y demás sectores interesados.

h) Asumir la representación española en los organismos internacionales, con todas las responsabilidades y obligaciones que de ello se deriven.

i) Establecer con entidades públicas y privadas los convenios precisos para un mejor cumplimiento de sus fines. Podrá haber agrupaciones locales de la Asociación (previa aprobación de la Junta Directiva) en cualquier parte de España.


Artículo 3.

Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades: la celebración de congresos, jornadas, seminarios y reuniones científicas, y publicación de libros, revistas, folletos y otros materiales, en papel o formato electrónico, relacionados con los fines propios de la Asociación.


Artículo 4.

La asociación establece su domicilio social en la Facultad de Filología de la Universidad Complutense de Madrid, sita en el Campus de Moncloa, Ciudad Universitaria s/n, y su ámbito de actuación comprende todo el territorio del Estado español.


CAPÍTULO II. ÓRGANOS DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 5.

Los órganos de gobierno y representación de la Asociación son, respectivamente, la Asamblea General, y la Junta Directiva.
La Junta Directiva estará formada por: un Presidente, un Vicepresidente, dos Secretarios, dos Tesoreros, dos Vocales y cualquier otro cargo que la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, estime oportuno. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración de dos años.

Artículo 6.

La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por: el Presidente, el Vicepresidente, y al menos un Secretario, un Tesorero, un Vocal y cualquier otro cargo que la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, estime oportuno. Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración de dos años.

Artículo 7.

Estos podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.

Artículo 8.

Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.

Artículo 9.

La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su Presidente y a iniciativa o petición de una décima parte (1/10) de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros en la Primera Convocatoria, y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por la mayoría de votos de los presentes en la Segunda Convocatoria. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.


CAPÍTULO III. LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 10.

Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos
propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General. Son facultades particulares de la Junta Directiva:

a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y las Cuentas anuales.
d) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
e) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
f) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.

Artículo 11.

El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:

a) Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados; convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra.
b) Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Artículo 12.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas atribuciones que él.

Artículo 13.

El Secretario tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, levantará acta en las asambleas generales, expedirá certificaciones, llevará los libros de la asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen a las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes, así como el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan.

Artículo 14.

El Tesorero recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las ordenes de pago que expida el Presidente.

Artículo 15.

Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende.

Artículo 16.

Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.


CAPÍTULO IV. LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 17.

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados.

Artículo 18.

Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los asociados.

Artículo 19.

Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.

Artículo 20.

Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones. Será necesario mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para:

a) Disolución de la entidad.
b) Modificación de Estatutos.
c) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
d) Remuneración de los miembros del órgano de representación.

Artículo 21.

Son facultades de la Asamblea General:

a) Aprobar, la gestión de la Junta Directiva.
b) Examinar y aprobar las Cuentas anuales.
c) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.
d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
e) Disolución de la asociación.
f) Modificación de los Estatutos.
g) Disposición o enajenación de los bienes
h) Acordar, en su caso, la remuneración de los miembros de los órganos de
representación.
i) Cualquiera otra que no sea competencia atribuida a otro órgano social.

Artículo 22.

Requieren acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto:

a) Modificación de los Estatutos.
b) Disolución de la Asociación.


CAPÍTULO V. LOS ASOCIADOS

Artículo 23.

Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.

Artículo 24.

Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:

a) Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.

b) Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.

c) Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva o Asamblea General. Serán, en todo caso, socios o miembros de honor el Decano y el Vicedecano de Investigación de la Facultad de Filología de la UCM.

d) Socios adheridos. Su aceptación se regirá por la siguiente normativa:

i. - Podrán ser socios adheridos aquellas personas que no residan en España y no posean la nacionalidad española.
ii. - El ingreso en AJIF se realizará mediante petición razonada y presentación de currículo en caso de los Socios de Honor.
iii. - Aquellos socios aceptados podrán participar en las Asambleas Generales con voz pero no con voto. No podrán ser miembros de la Junta Directiva ni participar en su elección aunque deberán cumplir las normas estatutarias y los acuerdos adoptados por la Asamblea General y la Junta Directiva.
iv. - Los socios adheridos disfrutarán de los mismos derechos de los asociados, en lo referente a servicios y participación en las actividades de la Asociación, podrán disfrutar de las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener, recibir información y hacer sugerencias, siempre y cuando se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones detalladas en el artículo 27 del Capítulo IV.

Artículo 25.

Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes:

a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer la cuota anual o las cuotas extraordinarias en su caso
c) Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociación con hechos o palabras que perturben gravemente los actos por ella organizados y la normal convivencia entre los socios.

Artículo 26.

Los socios de número y fundadores tendrán los siguientes derechos:

a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

Artículo 27.

Los socios fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones:

a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

Artículo 28.

Los socios de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo anterior. Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los apartados c) y d) del artículo 26, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.


CAPÍTULO VI. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN

Artículo 29.

La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes.
En un Libro de Actas, figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.

Artículo 30.

Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:

a) Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias.
b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por
parte de los asociados o de terceras personas.
c) Ingresos adicionales por promociones o servicios que pueda realizar la Asociación.
d) Cualquier otro recurso lícito.

Artículo 31.

La Asociación se pone en marcha sin ningún Patrimonio Fundacional.

Artículo 32.

El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.


CAPÍTULO VI. DISOLUCIÓN

Artículo 33.

Se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de los presentes Estatutos.

Artículo 34.

En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido lo destinará para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa (concretamente a una institución de utilidad pública).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las disposiciones complementarias.





lunes 26 de febrero de 2007

Fundación de la Asociación



El pasado día míercoles 21 de febrero de 2007 un grupo de estudiantes y licenciados en Filología y carreras afines se congregó para poner los cimientos de la que se espera sea una asociación de jóvenes investigadores filólogos de la Universidad Complutense de Madrid (AJIF-UCM). Para ello y para empezar se abre este blog a modo de página de encuentro virtual.

El término común que nos une es la palabra Filología, que toma su forma y significado ya en el siglo III a.C., en Alejandría. Los críticos de los textos clásicos son los primeros en plantearse mediante técnicas rigurosas la autenticidad de los textos e intentan corregirlos, estudiarlos, enmendarlos, en suma, hacer del estudio de la literatura y del canal que la encauza, la lengua, una ciencia. Por lo tanto, la Filología, aunque entonces en ciernes, ya se documenta en griego con ese significado, así como la figura del filólogo, que no solo era un estudioso enciclopedista, sino también un transmisor de esos conocimientos. Así es que podemos partir de ese espíritu que, en esencia, nos ha llegado a nosotros tras un lapso de tiempo no en vano durante el que se ha perfeccionado esta ciencia del espíritu, de mayor antigüedad que muchas otras. Y todo aquel que se enfrenta a un texto, no solo tiene ante sí una manifestación cultural de un momento determinado, sino sobre todo un acto vital que abarca cualquier tipo de conocimiento. La filología es, por tanto, una técnica que necesita del arte y de la experiencia del filólogo, al que se le exige tener el mayor conocimiento del mundo posible.



Todo aquel que quiera asociarse o colaborar con este proyecto, puede escribir, momentáneamente, a: fer.filol@gmail.com

El blog pretende ser punto de encuentro y completarse poco a poco bajo la colaboración de todos, por lo que quien quiera escribir y abrir entradas o artículos, solo tiene que comunicarlo a esa misma dirección.